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Seguro de Vida
Exclusiones de cobertura

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Condena a una compañía de seguro de vida a pagar 100.000 euros en un fallecimiento por covid 19 pese a que la póliza excluía su cobertura

Medical mask with text covid-19 in a hands with black gloves top view on a cyan blue background

ECLI:ES:APM:2025:6427 – Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid 83/2025, CIVIL, Sección 13ª

En abril de 2019, una persona contrató un seguro de vida con cierta aseguradora por un capital asegurado de 100.000 euros, designando beneficiario a su cónyuge. En abril de 2020, el asegurado falleció por neumonía causada por COVID-19.

La aseguradora rechazó pagar la indemnización alegando que el asegurado no había declarado correctamente enfermedades previas (hipertensión, diabetes y otras patologías).

El cónyuge viudo demandó a la aseguradora reclamando la indemnización del seguro de vida.

El tribunal reconoce que el asegurado omitió algunos antecedentes médicos, pero señala que solo liberan a la aseguradora si existe relación causal con el fallecimiento.

La causa real de la muerte fue una neumonía por COVID-19. La aseguradora alegó que la póliza excluía fallecimientos por epidemias. El tribunal indica que esta exclusión es una cláusula limitativa, que solo es válida si estuviera claramente destacada en póliza y, además, hubiera sido aceptada expresamente por el asegurado. En este caso, la cláusula no estaba suficientemente destacada, y no se probó su aceptación. Por ello, no puede aplicarse la exclusión por pandemia, y se condena a la aseguradora a pagar 100.000 euros por seguro de vida, más las costas procesales de la primera instancia.

La omisión de enfermedades en un seguro de vida solo permite a la aseguradora negar la indemnización si dichas enfermedades tienen relación causal con el fallecimiento; si no se prueba esa relación, la aseguradora tiene que pagar.

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